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El TSJEX confirma los 20 años de prisión al condenado por asesinar a su inquilina en una finca de Zafra

El TSJEX confirma los 20 años de prisión al condenado por asesinar a su inquilina en una finca de Zafra
14 Julio 2022 | 12:35 - Redacción

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura  ha confirmado la pena de 20 años y un día de prisión para el condenado de  asesinar a su inquilina en una finca de Zafra (Badajoz), a la cual asestó al menos 40 golpes con una barra de hierro mientras suplicaba por su vida. 

El acusado fue juzgado por un Tribunal de Jurado en la Audiencia provincial de Badajoz quien le aplicó los agravantes de alevosía y ensañamiento, fue condenado además al pago de una indemnización de 31.250 euros a cada uno de sus dos hijos, y de 18.750 euros a cada uno de los siete hermanos de la víctima. 

Además no podrá acceder al tercer grado penitenciario hasta que no cumpla la mitad de la pena impuesta. Condena que confirma íntegramente la sentencia de apelación de la Sala Civil y penal. 

La defensa ante la sentencia de la Audiencia presentó recurso de apelación por varios motivos, entre ellos contra el agravante de ensañamiento al entender que no ha podido determinarse que los golpes se dieran con el ánimo de causar mayor daño a la víctima y no de terminar con su vida, y menos aún, señala la defensa, cuando los forenses no han podido determinar el momento de la muerte ni cuantos golpes se produjeron estando la víctima viva. 

Un alegato que ha sido desestimado por la Sala al indicar que el mismo “no se corresponde con la abundante prueba que obra en las actuaciones”. En este sentido, prosigue la magistrada ponente, “los forenses han dictaminado que el cuerpo tenía unos 40 golpes, 20 aproximadamente en la cabeza, muchos de ellos se dieron estando aún con vida, ello se comprueba oyendo la grabación del ataque, en donde se oye a la víctima suplicando por su vida y lamentándose de dolor”. 

La defensa también recurre, entre otros, contra el agravante de alevosía al considerar que se ha infringido la presunción de inocencia y que no queda grabado en el móvil ni la muerte, ni como la barra de hierro se queda enganchada en la alambrada y la víctima en ese momento pudo arbitrar una defensa. 

La Sala señala que aunque no existe la grabación de imágenes si queda recogido todo el sonido y que además esta cuestión es nueva y no fue planteada ni al jurado, ni fue objeto del veredicto, ni nada de ello se ha debatido en el plenario, por lo que no puede ser tenida en cuenta. 

Por su parte, la acusación particular también presentó recurso contra la sentencia pidiendo que se tenga en cuenta el agravante de discriminación por razón de género, que ha sido también desestimado. 

Hechos probados 

En agosto de 2019, el condenado había firmado con la víctima un contrato en precario, según el cual, el le cedía gratuitamente el uso de una finca y del cortijo que estaba dentro de la misma, así como a costear los gastos de suministros (luz, agua, bombona de butano…) a cambio de que ésta le cuidara a sus animales, para los que también se comprometió a suministrar el alimento. 

Con el paso de los meses, la relación entre el arrendatario y la inquilina se fue deteriorando, dado que ésta le reprochaba que no estaba cumpliendo con los compromisos adquiridos de hacerse cargo de los gastos de suministro y de la alimentación de los animales. 

En noviembre de 2019, el condenado instaló varios candados en la finca para impedir que la víctima pudiera moverse libremente por ella, y le exigió, mediante conducto notarial, poner fin al contrato de precario, pidiéndole que abandonara la finca antes del 10 de marzo del año siguiente. 

El 30 de diciembre enfermó un potro propiedad del condenado, la víctima tuvo que cuidar de él y prestarle atenciones, negándose el acusado a avisar a un veterinario; lo que dio lugar a que aquella tomara la decisión de retrasar el desalojo de la finca a fin de no dejar a los animales a merced de éste.

En la mañana del 31 de enero el acusado acudió a la finca y su inquilina comenzó a discutir con él por el trato que daba a los animales, grabando la discusión con su teléfono móvil, de lo que avisó previamente al encausado. 

Al llegar a la finca, el acusado ya había cogido una palanca de desencofrar de metal (objeto contundente de cuerpo alargado con espinas en sus extremos presentando bordes cortantes), que estaba escondida en el interior de un saco y transportó dicha herramienta, oculta en el saco, mientras se desplazaba por la finca siguiendo a su inquilina con el único fin buscar el momento adecuado para arrebatarle la vida.

En un momento dado, y tras comprobar que no fuera observado por los vecinos, el acusado extrajo del saco la barra de hierro y golpeó a su víctima repetidamente, hasta 40 veces, con la intención de acabar con su vida y de aumentar su dolor deliberadamente. La víctima falleció a causa de los golpes y asfixiada por su propia sangre. 

Los hechos fueron presenciados por un vecino de una finca colindante que gritó al agresor para que parara pero que no pudo hacer nada para impedirlo por encontrarse a cierta distancia e interponerse varias alambradas, avisando al acusado de que iba a ir al cuartel en ese momento a denunciar los hechos. 

La sentencia de la Sala Civil y Penal no es firme y puede ser recurrida en casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.


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